Delimitación del Proceso Penal
STJEM
Juan Antonio Magaña de la Mora
Delimitación del Proceso Penal
 
DELIMITACIÓN DEL PROCESO PENAL

Por todo lo anteriormente expuesto, opino que, el proceso penal, formalmente hablando, comienza con el auto de formal prisión, pues cuando éste es resuelto por el juez, lo que en realidad precisa es que existen los elementos suficientes para procesar, o en su caso, cuando se dicta un auto de libertad, lo que entraña es la falta de pruebas para procesar, con lo cual antes de esta resolución motivada, no existe el proceso, sino una preparación de proceso, contrariamente a lo sostenido por Martínez Pineda, quien afirma que el proceso se inicia al promoverse la acción penal 9.

Desde luego que mi opinión contraviene lo dispuesto por el artículo 218 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán, en el que se expresa que el proceso comienza con el auto de inicio, lo cual resulta inexacto, en principio porque si la consignación fue sin detenido, no entenderíamos un proceso sin que fuera presentado el acusado, o bien presentado éste, cómo entender iniciado un proceso, cuando en realidad lo que se va a determinar es si hay pruebas o no para procesar, luego entonces no hay proceso, aún y cuando con las actuaciones de sujeción a término constitucional y el propio auto motivado haya actuado el Juez.

Robustece mi afirmación el propio artículo 19, segundo párrafo, de la Constitución General de la República que sostiene: "Todo proceso se seguirá forzosamente por el delito o delitos señalados en el auto de formal prisión o de sujeción a proceso...". Lo que quiere decir que al resolverse auto de formal prisión, no sólo se justifica la prisión preventiva, sino que además fija la litis , pues determina con precisión tanto los hechos que se imputan al inculpado como el tipo penal que configuran 10.

Quizá habría que reflexionar si es conveniente en México la existencia de Jueces de Instrucción, o en el último de los casos, que los jueces que dictaron auto de formal prisión no fueran los mismos que conocieran del proceso.

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9. Martínez Pineda Angel, Ob. cit, p. 9.

10. Zamora Pierce-Jesús, Garantías y Proceso Penal , Editorial Porrúa, Novena Edición, México, 1998, p. 90.