El delito contra la Propiedad
Industrial en las marcas
STJEM
Juan Antonio Magaña de la Mora
Introducción
 

INTRODUCCIÓN

En este trabajo de investigación, se analiza el delito contra la Propiedad Industrial, concretamente, en lo que se refiere a Marcas, pues considero de vital importancia, delimitar la función del derecho penal, por cuanto a su protección se refiere, atendiendo a su principio de última ratio .

En esta perspectiva de protección, se encuadra la dimensión subjetiva que tiene, en nuestra opinión tres vertientes. Por un lado tenemos al productor que registró su marca y cuya pretensión, legítima desde cualquier punto de vista reside precisamente en lograr que el Estado a través de ordenamiento jurídico reconozca su capacidad de invención y sus esfuerzos en desarrollar los productos que comercializa bajo la marca. La segunda vertiente de esta dimensión subjetiva la vemos enfocada exclusivamente al consumidor, es decir a todas aquellas personas susceptibles de ser potenciales adquirentes de los productos distribuidos bajo una marca determinada En nuestra realidad económica actual, no puede soslayarse el importantísimo fenómeno de la globalización, que en pocas palabras implica el libre desplazamiento de las mercancías y la progresiva reducción de las barreras y los obstáculos de cualquier naturaleza, a la misma. La marca se encuadra perfectamente en esta segunda vertiente que comentamos, puesto que, constituye una garantía de referencia para el consumidor quien puede ver defraudadas sus expectativas de adquirir productos de una determinada calidad si no existiera la protección jurídica que existe con la marca.

Finalmente, la tercera vertiente subjetiva de la marca, desde el enfoque jurídico, consiste, a nuestro entender en el propio Estado. Siendo el ordenamiento jurídico una de las partes integrantes del ente estatal resulta pues, que este último debe considerar varios aspectos fundamentales y dignos de protección mediante la instauración de esta protección a la propiedad de características técnico-industriales. Así tenemos que el Estado debe tender a la defensa de bienes que considera relevantes. Tal protección debe reflejarse, necesariamente, en ámbitos estrictamente jurídicos.

Además de la protección que hace el Estado de la Propiedad Industrial en sede jurídica civil y mercantil, tenemos la no menos importante protección penal.

La tesis que procuraremos sostener a lo largo de este breve trabajo, es la necesaria intervención del Derecho Penal, en la protección industrial, atendiendo a los factores a que hemos hechos anteriormente referencia.

En tales condiciones, doy un agradecimiento al Departamento de Derecho Penal de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid, por la oportunidad de profundizar en esta investigación al igual que al Dr. Antonio García-Pablos de Molina.