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Velar para aplicar tratados internacionales en pro de los derechos de la humanidad con la Constitución en la mano, postura del Magistrado
Alejandro González Gómez

Texto Integro de la Conferecia
Magistral de la Ministra de la SCJN
Olga Sánchez Cordero de García Villegas
(El documento se encuentra en Word,
reproducción con la autorización de la autora)

 


31.08.04
. Tras escuchar la conferencia magistral de la Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Olga Sánchez Cordero de García Villegas, titulada «La aplicación de los instrumentos internacionales relativos a los derechos humanos de la mujeres en México», dictada en el marco del 2º Encuentro Nacional para el Tratamiento de la Violencia de Género, el presidente sustituto del Supremo Tribunal de Justicia de Michoacán (STJEM), Magistrado Alejandro González Gómez, coincidió en que los pactos internacionales que velan por los derechos de la humanidad deben ser cumplidos con el derecho y la Constitución en la mano, así como con los mismos tratados internacionales que el Gobierno de la República ha suscrito.

Reafirmó que para el cabal cumplimiento de los pactos internacionales, se deben subsanar retos como la compatibilidad de las disposiciones del tratado con los preceptos constitucionales, por lo que recordó que los responsables de impartir justicia conocen el derecho y que la norma debe ser cumplida.

Y subrayó como pertinente establecer un control previo de constitucionalidad de los tratados internacionales; instrumentar a nivel constitucional una jerarquía precisa que ratifique, expresamente, la preponderancia de los tratados internacionales por encima de las leyes federales y estatales; así como lo conveniente de prevenir un posible conflicto entre una convención internacional y la norma fundamental nacional.

En este contexto, reconoció como un primer paso fundamental dado por el más Alto Tribunal del país, para vigilar que no se trasgredan los derechos fundamentales de mujeres, hombres y niños, señalar que los tratados internacionales se ubican jerárquicamente por encima de las leyes federales y estatales, sólo por debajo de la Constitución.

"Sin duda alguna, la propuesta de establecer un control previo de constitucionalidad de los tratados internacionales descartaría, ex ante su aplicación, daría certidumbre a los ciudadanos y, particularmente, a los operadores jurídicos para invocarlos en las solución de controversias judiciales. Esta función bien podría, como lo propone la ministra Sánchez Cordero, ser otorgada -como sucede en otros países - al tribunal constitucional para que examinara, previa su suscripción y ratificación, la constitucionalidad de un tratado a celebrarse por México.

Marcó como segunda opción que seguramente será analizada con detenimiento por la comisión encargada del foro de consulta nacional para una Reforma Coherente e Integral del Sistema de Justicia en el Estado Mexicano, convocada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el concreto mecanismo que deberá contener el ordenamiento nacional para prevenir un posible conflicto entre una convención internacional y la norma fundamental nacional.

El Magistrado de la 1ª Sala Penal del STJEM, coincidió en que tal mecanismo debe ser, como lo propone la ministra, previo a la ratificación por el senado y, por supuesto, deberá contenerse en la propia constitución. Las concretas modalidades que tal mecanismo pueda adoptar, bien a través de la ampliación de los supuestos actuales para la revisión de la constitucionalidad de los instrumentos internacionales o bien, la creación de una nueva figura en el ámbito de la defensa de la constitución es una cuestión que habrá de debatirse intensamente.

Igualmente señaló como necesario, establecer a nivel constitucional una jerarquía precisa que ratifique, expresamente, la preponderancia de los tratados internacionales por encima de las leyes federales y estatales .

"Más aún, habría que consignar -como ya lo han hecho otras ordenamientos- que tratándose de convenciones o tratados internacionales sobre derechos humanos tienen el mismo nivel que la constitución. La interpretación de todo ordenamiento nacional, conforme a los principios contenidos en los pactos internacionales sobre derechos fundamentales, es también un acierto".

Ante la concurrencia, el doctor en derecho, expresó que la capacitación de los jueces y Magistrado s, federales y estatales, para conocer y -fundamentalmente- aplicar los tratados y convenciones internacionales suscritos por México es, también, primordial.

"No dudamos que, como reza la vieja máxima iura novit curia (los jueces conocen el derecho). Sin embargo, es necesario tomar conciencia que los jueces nacionales son -somos- los encargados de vigilar (garantes) que los compromisos asumidos ante la comunidad internacional en los pactos internacionales debe ser, como normas que son, cumplidos ( pacta sunt servanda ).

El presidente sustituto del STJEM, se pronunció por imaginarnos a los jueces y juezas del siglo XXI de nuestro país aplicando el derecho, con la constitución en una mano y, en la otra, los tratados internacionales, salvaguardando los derechos fundamentales de hombres, mujeres, niños y niñas y cumpliendo los compromisos asumidos por nuestro país ante la comunidad internacional.

Reafirmó el hecho de que desde el punto de vista de una concepción normativa, la función principal del poder judicial es la de garantizar la estabilidad del respectivo sistema político (Garzón Valdés), por lo cual, en los regímenes democráticos, se precisa de jueces -hombres y mujeres- que cultiven, por una parte, una firme adhesión interna a las normas básicas del sistema y, por otra, una manifiesta imparcialidad con respecto a los conflictos de intereses que tienen que resolver.

Reflexionó en el hecho de que actualmente, las resoluciones de los tribunales, particularmente las de los tribunales supremos, no sólo deben ser apegadas al marco normativo vigente, sino también deben ser decisiones buenas y confiables, desde el punto de vista democrático constitucional.

El Dr. Alejandro González Gómez, manifestó que en última instancia, la confiabilidad en la corrección de las decisiones judiciales depende de la confianza por parte de la ciudadanía (electores y gobernantes) hacia sus tribunales, así como de que los jueces mantengan una adhesión incondicionada a la Constitución y a los principios democráticos que la sustentan.

Y dijo no tener duda alguna de que el principio democrático fundamental que sustenta nuestra constitución es, como se establece en su pórtico mismo -en el artículo primero- el irrestricto respeto a la dignidad humana de la persona y, consecuentemente, la proscripción absoluta de cualquier forma de discriminación.

"La violencia, hay que recordarlo, es también una forma de discriminación. Bienvenida sea la reforma integral al sistema jurídico mexicano, mantengamos -mientras tanto y para siempre- una adhesión incondicionada a este principio, como eje rector de todo nuestro sistema normativo", puntualizó el Magistrado , durante el 2º Encuentro Nacional para el Tratamiento de la Violencia de Género, evento organizado de manera conjunta por el Instituto Michoacano de la Mujer y la Procuraduría General de Justicia del Estado.