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Prevalecen en México y España, los sistemas de la libre valoración de la prueba: Dr. Juan Igartúa Salaverría, Catedrático de la Universidad del País Vasco, España

 


17.10.07
Como reflejo de los sistemas modernos predominan, tanto en México como en España, los sistemas de la libre valoración de la prueba, apuntó el Dr. Juan Igartúa Salaverría, catedrático de la Universidad del País Vasco, España, durante su ponencia titulada “Algunos Problemas Específicos en la Valoración Judicial de las Pruebas”, impartida en el contexto del ciclo de conferencias “La aplicación Judicial del Derecho: Razonamientos y Argumentaciones”, organizado por el Tribunal Electoral del Estado y el Instituto de la Judicatura del Poder Judicial de nuestra Entidad, las cuales forman parte de la Especialidad en Administración e Impartición de Justicia.

La última de las tres conferencias del ciclo citado se registró con la asistencia del Dr. Alejandro González Gómez, Magistrado de la Primera Sala Penal y Presidente Sustituto del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo del Poder Judicial del Estado de Michoacán; del Magistrado Presidente del Tribunal Electoral del Estado, Jaime del Río Salcedo, y del Mtro. Mario Alberto García Herrera, Jefe de la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo.

El catedrático del País Vasco, España, disertó en torno a la actuación del juez y el historiador, la valoración individualizada de las pruebas, la valoración de todas las pruebas, la necesidad de expresar las inferencias empleadas en el elemento probatorio y la valoración jurídica. 

Explicó que entre ambos profesionales, el historiador y el juez existe el interés de reconstruir hechos del pasado para conocer la verdad, donde el primero tiene una visión general de los hechos y se permite reconstruirlos, en tanto que el juzgador lo hace a partir de pruebas.
Indicó que los elementos de prueba deben realizarse primero de manera pormenorizada  e individualizada, para posteriormente hacerlo de forma conjunta, a fin de que sean elementos de control para verificar si hay elementos similares o contradictorios en el proceso.

El Dr. Juan Igartúa Salaverría expuso, luego de ejemplificar varios casos, el imperativo de que el sistema de valoración judicial de las pruebas cumpla con el procedimiento de fiabilidad de las mismas, mediante su adecuada valoración, ambos mecanismo tendientes a que el juzgador tenga elementos para exponerlas dentro de una hipótesis congruente, que dé paso a la exposición de las inferencias a partir de razonamientos que permitan unir hechos aislados. 

 



Señaló que las inferencias suelen ser de experiencia común, donde la máxima es compartir y no entrar en conflicto con experiencias recientes y señaló que no todas las máximas tienen  las mismas valoraciones probatorias.

Indicó que la valoración conjunta después de la limpieza de elementos, lleva al hecho valorado, que accede a hacer una historia verdadera con base a los elementos probatorios.

En la sesión de preguntas y respuestas, expresó que bajo su criterio la prueba directa es mejor, en lugar de los indicios, pero aclaró que también se debe cumplir con la prueba indirecta.  Agregó que la prueba de hechos secundarios debe ser validada por el juzgador; donde es deseable haya pluralidad de indicios para evitar hipótesis altamente conflictivas, así también, se debe procurar que los indicios del hecho probado sean prueba univoca del mismo.