06.06.08 El Poder Judicial de Michoacán incursiona en la aplicación del Modelo de Mediación en la Resolución de Asuntos Penales que involucren a adolescentes. Derivado de las reformas constitucionales al Poder Judicial en México, en el futuro se aplicarán nuevos y diversos procedimientos, como la Justicia Restaurativa, que en el caso especifico de la Entidad iniciará en el contexto del Sistema de Justicia Integral para Adolescentes.
Lo anterior quedó de manifiesto al desarrollarse en Morelia el Curso Taller de Justicia Restaurativa dirigido al personal del Centro de Mediación y Conciliación del Supremo Tribunal de Justicia de Michoacán, impartido por instructores del Centro Estatal de Métodos Alternos para la Solución de Conflictos del Poder Judicial del Estado de Nuevo León.
Sobre el tema, el director de ese centro, Lic. Rubén Cardoza Moyrón, explicó que la Justicia Restaurativa es un modelo de solución de conflictos que apenas se está aplicando en México y aún está en ciernes; sin embargo, tendrá un desarrollo muy importante en el futuro por las reformas registradas a la Constitución en el año 2006, relacionadas con la Justicia para Adolescentes, donde específicamente se habla de la Justicia Restaurativa y la reparación del daño. “En el artículo 17 de la Constitución se habla de que en materia penal se tiene que garantizar la reparación del daño, y para ello la vía idónea es la Justicia Restaurativa”, insistió.
Hay que voltear a ver los procedimientos de Justicia Restaurativa, sobre todo ahora que la reforma a la materia penal es inminente, donde se va a establecer el procedimiento de justicia oral penal. Con la oralidad de los procedimientos penales, dijo, será indispensable poner atención en los medios alternativos de solución de controversias como la Mediación y la Justicia Restaurativa.
Detalló que uno de los principios que va a tener la Constitución es el de la inmediatez procesal, en la cual el juez debe estar presente en todas las audiencias.
Es imposible que con todos los delitos que hay en la actualidad un juez pueda estar presente en todas las audiencias, por tanto no puede entenderse un sistema de justicia oral si no va aparejado de un sistema de Justicia Restaurativa al lado de él, porque es subsidiario.
A manera de explicación, el especialista señaló que la Justicia Restaurativa es un procedimiento a través del cual se busca resolver un conflicto de naturaleza penal en el que la víctima, el ofensor y las personas de la comunidad que hayan resultado afectadas puedan obtener una respuesta y la reparación del daño causado. Todo ello por medio del compromiso que hace el sujeto que cometió el delito. En el caso de justicia para adolescentes, el menor es guiado con un plan de acción para la reparación del daño causado.
En entrevista por separado, la Lic. María del Pilar Chávez Franco, Directora del Centro de Mediación y Conciliación, reconoció la importancia de que el Consejo del Poder Judicial de Michoacán haya tomado la decisión de aplicar la mediación penal en el renglón de la Justicia para Adolescentes.
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