|
|
Lo relevante  |
|
Se imparte la conferencia “Justicia restaurativa, dos visiones: Mecanismos Vs Procesos” en el Supremo Tribunal de Justicia de Michoacán
|
|
28.05.10 La justicia restaurativa es un tipo de justicia comunitaria, que busca reparar las relaciones de la víctima y el victimario, implicados en un conflicto o delito, con la comunidad. Lo anterior quedó de manifiesto durante la conferencia “Justicia restaurativa, dos visiones: Mecanismos Vs Procesos”, impartida por la doctora Diana Britto Ruiz, de la universidad Javeriana de Cali, Colombia.
Dicha conferencia marca el inicio de las 1as. Jornadas Itinerantes de Mediación y Justicia Restaurativa, que el Poder Judicial del Estado de Michoacán realizará a fin de implementar el trabajo del centro de mediación y conciliación del Poder Judicial en asuntos que se tramitan en los juzgados especializados de la causa de justicia integral para adolescentes de Uruapan, Zitácuaro y Zamora.
Por tal motivo, se dieron cita magistrados, jueces, litigantes, operadores jurídicos, ministerios públicos, expertos en mediación y conciliación, estudiantes y publico en general, para conocer las diferencias fundamentales que se presentan en la aplicación de los modelos de justicia retributiva y restaurativa, de acuerdo con la experiencia vivida en algunos países latinos, como Colombia.
|


|
Durante su exposición la especialista detalló que en la justicia retributiva, cuyo objeto es castigar y sancionar al infractor, el delito se percibe como un ataque del individuo contra el Estado, es decir, se menosprecia su dimensión interpersonal y conflictiva, mientras que en el modelo de justicia restaurativa se reconoce al delito como un conflicto interpersonal. Se da valor al conflicto; ambas personas, víctima y ofensor, son parte de la solución del problema.
De igual manera, en el modelo retributivo el daño que padece la víctima se compensa con una sanción o castigo al ofensor; y para el tratamiento del delito se margina a la comunidad y a las víctimas se les ubica abstractamente en el Estado. Comparativamente, en la justicia restaurativa se ubica a la comunidad como un catalizador del proceso restaurativo, en el cual son importantes los expertos, la sabiduría y los conocimientos de las personas de la comunidad.
En otro punto de su participación la doctora Britto Ruiz señaló que en el modelo de justicia retributiva el delincuente tiene una deuda con el Estado y la sociedad en abstracto, y explicó como en el nuevo esquema restaurativo el delincuente reconoce a la víctima y asume su responsabilidad; se procura el perdón y el arrepentimiento, para que el estigma del delito pueda borrarse por la acción reparadora del daño.
Como anfitrión de la conferencia se encontró el magistrado Alejandro González Gómez, presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado y del Consejo del Poder Judicial, quién durante la presentación de la conferencia resaltó la importancia que han cobrado los medios alternativos de impartición de justicia, derivado de la reforma penal judicial, y consecuentemente la importancia de capacitarse en dicho tema. |
GALERÍA FOTOGRÁFICA
|
|
|
|