Número XVI, Año 7, Ene/2007
 
 
 
 
 

Por Martín Agudelo Ramírez

 

 

Acción Autónoma de Nulidad.


Por Alexis Vallejos Mendoza
 
 
Poderes del Juez en el Proceso Civil.

Por Juan Manuel Converset
 
 
 
 
 
 
 
 
 
     
 
     
  Litisconsorcio Pasivo Necesario. Es un Presupuesto Procesal cuya Falta de Satisfacción puede Oponerse por las Partes a Través de la Excepción Respectiva, la cual Debe Tramitarse en Vía Incidental y Resolverse Antes del Dictado de la Sentencia Definitiva (Código de Comercio posterior a las Reformas de Veinticuatro de Mayo de Mil Novecientos Noventa y Seis).
     
  Litisconsorcio Pasivo Necesario. Es un Presupuesto Procesal y No una Condición de la Acción.
     
  Presupuestos Procesales. El Estudio Oficioso que Debe Hacer el Juez de Primera Instancia, No lo Obliga a Consignar de Manera Expresa en su Resolución la Satisfacción de Todos y cada Uno de Ellos (Legislación del Estado de Puebla).